{"id":1088,"date":"2009-06-26T17:11:16","date_gmt":"2009-06-26T16:11:16","guid":{"rendered":"http:\/\/eco.logopress.es\/?p=1088"},"modified":"2009-06-26T17:11:16","modified_gmt":"2009-06-26T16:11:16","slug":"via-libre-al-fondo-de-restructuracion-ordenacion-bancaria-frob","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/2009\/06\/via-libre-al-fondo-de-restructuracion-ordenacion-bancaria-frob\/","title":{"rendered":"V\u00eda libre al Fondo de Restructuraci\u00f3n Ordenaci\u00f3n Bancaria (FROB)"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">* Tendr\u00e1 una dotaci\u00f3n de nueve mil millones de euros, de los que 2.250 ser\u00e1n aportados por los Fondos de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos y el resto proceder\u00e1 de los remanentes del Fondo para la Adquisici\u00f3n de Activos Financieros<br \/>\n* Estar\u00e1 dirigido por una Comisi\u00f3n Rectora de ocho miembros presidida por el subgobernador del Banco de Espa\u00f1a\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley por el que se crea el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria (FROB), que tendr\u00e1 dos principales objetivos: gestionar los procesos de reestructuraci\u00f3n de entidades de cr\u00e9dito y contribuir a reforzar sus recursos propios en los procesos de integraci\u00f3n. Casi dos a\u00f1os despu\u00e9s del inicio de la crisis internacional, la capacidad de resistencia del sector bancario espa\u00f1ol, tradicionalmente sujeto a una regulaci\u00f3n y supervisi\u00f3n basadas en una aplicaci\u00f3n prudente de los est\u00e1ndares internacionales, ha sido notable, en particular en relaci\u00f3n a la de los pa\u00edses de nuestro entorno.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las entidades sist\u00e9micas mantienen una s\u00f3lida posici\u00f3n que les puede permitir seguir afrontando la crisis sin necesidad de apoyo p\u00fablico. No obstante, algunas entidades financieras podr\u00edan llegar a ver comprometida su viabilidad en los pr\u00f3ximos meses, debido a la interacci\u00f3n de la persistencia de problemas de liquidez y financiaci\u00f3n con el deterioro relativo de sus activos, el aumento de la morosidad y la disminuci\u00f3n del negocio. Se hace, por tanto, necesario dise\u00f1ar una estrategia que favorezca la soluci\u00f3n de los potenciales problemas mediante una reestructuraci\u00f3n ordenada del sistema bancario espa\u00f1ol, con el objetivo de mantener la confianza en el sistema financiero nacional y de incrementar su fortaleza y solvencia, de manera que las entidades que subsistan sean s\u00f3lidas y eficientes. En consecuencia, el Real Decreto Ley aprobado hoy establece una serie de medidas para facilitar la reestructuraci\u00f3n bancaria mediante el establecimiento de un proceso predeterminado que se dirige a incrementar la fortaleza y solvencia del sistema bancario espa\u00f1ol.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">PROCESOS DE REESTRUCTURACI\u00d3N DE ENTIDADES DE CR\u00c9DITO<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En estos procesos cabe distinguir tres fases:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1. La b\u00fasqueda de una soluci\u00f3n privada por parte de las propias entidades de cr\u00e9dito, proceso no regulado en este Real Decreto Ley.<br \/>\n2. La adopci\u00f3n de medidas para enfrentar debilidades que puedan afectar a la viabilidad de las entidades de cr\u00e9dito con participaci\u00f3n de los Fondos de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos.<br \/>\n3. Los procesos de reestructuraci\u00f3n con intervenci\u00f3n del Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando existan debilidades en la situaci\u00f3n econ\u00f3mico-financiera de una entidad que pudieran poner en riesgo su viabilidad y determinaran la conveniencia de acometer un proceso de reestructuraci\u00f3n, deber\u00e1 presentarse, a iniciativa de la entidad o de oficio por el Banco de Espa\u00f1a, y en el plazo de un mes, un plan de viabilidad para superar la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El plan tendr\u00e1 que ser aprobado por el Banco de Espa\u00f1a, que podr\u00e1 modificarlo en lo que fuera necesario. Contemplar\u00e1 tres posibles actuaciones: reforzar el patrimonio y la solvencia de la entidad, su fusi\u00f3n o absorci\u00f3n, o el traspaso total o parcial del negocio o unidades del mismo. El Fondo de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos correspondiente, en los t\u00e9rminos previstos en su normativa reguladora, podr\u00e1 apoyar el plan presentado por la entidad en cuesti\u00f3n mediante las medidas preventivas y de saneamiento que considere adecuadas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otorgamiento de financiaci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria podr\u00e1 otorgar financiaci\u00f3n, en condiciones de mercado, a los Fondos de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos, ya sea en establecimientos bancarios, cajas de ahorro o cooperativas de cr\u00e9dito, a fin de que puedan acometer las funciones de apoyo financiero a los planes de actuaci\u00f3n de las entidades de cr\u00e9dito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Banco de Espa\u00f1a, con car\u00e1cter previo a aprobar el plan correspondiente, solicitar\u00e1 informe a la Ministra de Econom\u00eda y Hacienda en el caso de los bancos o a los \u00f3rganos competentes de las Comunidades Aut\u00f3nomas en que tengan su domicilio las cajas de ahorros y, en su caso, las cooperativas de cr\u00e9dito involucradas. Dichos informes deber\u00e1n ser remitidos en el plazo de diez d\u00edas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si persistiera la situaci\u00f3n de debilidad y se produjeran una serie de supuestos tasados (que la entidad no presentara el Plan de viabilidad, o que no fuera capaz de cumplirlo, o que el plan presentado no fuera viable a juicio del Banco de Espa\u00f1a), se iniciar\u00eda la fase de intervenci\u00f3n con la utilizaci\u00f3n del Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria. En este caso se producir\u00eda la sustituci\u00f3n de administradores de la entidad, y se constituir\u00e1 en administrador el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria, que se constituir\u00e1 deber\u00e1 elaborar un informe de situaci\u00f3n y someter a la aprobaci\u00f3n del Banco de Espa\u00f1a un plan de reestructuraci\u00f3n que tendr\u00e1 por objeto bien la fusi\u00f3n de la entidad o bien el traspaso total o parcial del negocio mediante la cesi\u00f3n global o parcial de activos y pasivos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Apoyos financieros<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Fondo de Reestructuraci\u00f3n podr\u00e1, temporalmente, suministrar los apoyos financieros que se precisen como concesi\u00f3n de garant\u00edas; pr\u00e9stamos en condiciones favorables; financiaciones subordinadas; adquisici\u00f3n de cualquier tipo de activos que figuren en el balance de la entidad; suscripci\u00f3n o adquisici\u00f3n de valores representativos de recursos propios, etc\u00e9tera). La adquisici\u00f3n de acciones o cuotas participativas por el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria requerir\u00e1 que se acuerde la supresi\u00f3n del derecho de suscripci\u00f3n preferente de los accionistas o cuotapart\u00edcipes existentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando el FROB adquiera cuotas participativas de una caja de ahorros, gozar\u00e1 de un derecho de representaci\u00f3n proporcional en la Asamblea General. El citado derecho excepcional de representaci\u00f3n se mantendr\u00e1 exclusivamente mientras el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria mantenga la titularidad de los citados valores y no ser\u00e1 transmisible a posteriores compradores de los mismos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">REFORZAMIENTO DE LOS RECURSOS PROPIOS DE LAS ENTIDADES DE CR\u00c9DITO<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s de la funci\u00f3n relativa a los procesos de reestructuraci\u00f3n de entidades de cr\u00e9dito, este Real Decreto prev\u00e9 tambi\u00e9n la posibilidad de que el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria apoye procesos de integraci\u00f3n entre entidades dirigidos a mejorar su eficiencia a medio plazo. La capitalizaci\u00f3n transitoria de entidades de cr\u00e9dito que, sin encontrarse en una situaci\u00f3n que exija llevar a cabo un proceso de reestructuraci\u00f3n como los descritos anteriormente, inicien un proceso de integraci\u00f3n, puede ser necesaria en un contexto como el actual, caracterizado por la dificultad de obtener recursos propios en los mercados mayoristas, lo que puede obstaculizar la realizaci\u00f3n de operaciones que podr\u00edan suponer un avance en la racionalizaci\u00f3n de la estructura productiva bancaria y en el grado de eficiencia de la misma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Emisi\u00f3n de t\u00edtulos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed, se prev\u00e9 que el Fondo de Reestructuraci\u00f3n pueda adquirir los t\u00edtulos emitidos por dos o m\u00e1s entidades de cr\u00e9dito residentes en Espa\u00f1a en el marco de un plan de integraci\u00f3n que comporte una mejora de su eficiencia conjunta, plan que deber\u00e1 ser aprobado por el Banco de Espa\u00f1a. Los t\u00edtulos que pudieran ser adquiridos por el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria son participaciones preferentes convertibles en acciones, en cuotas participativas y en aportaciones al capital social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, los emisores tendr\u00e1n que comprometerse a recomprar esos t\u00edtulos tan pronto como puedan en los t\u00e9rminos comprometidos en el plan de integraci\u00f3n. Transcurridos cinco a\u00f1os desde el desembolso sin que las participaciones preferentes hayan sido recompradas por la entidad, el FROB podr\u00eda solicitar su conversi\u00f3n en acciones, en cuotas participativas o en aportaciones sociales del emisor. Cada tres meses las entidades remitir\u00e1n al Banco de Espa\u00f1a un informe sobre el grado de cumplimiento de las medidas contempladas en el plan de integraci\u00f3n aprobado. El Banco de Espa\u00f1a podr\u00e1 requerir la adopci\u00f3n de las acciones que sean necesarias para asegurar que el plan de integraci\u00f3n se lleva efectivamente a t\u00e9rmino.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">GOBIERNO DEL F ONDO<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria se regir\u00e1 por una Comisi\u00f3n Rectora compuesta por ocho miembros, cinco a propuesta del Banco de Espa\u00f1a (uno de ellos es el Subgobernador, que la preside) y los tres restantes, de cada uno de los Fondos de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos. Todos ellos ser\u00e1n nombrados por la Ministra de Econom\u00eda y Hacienda, con un mandato de cuatro a\u00f1os renovable.\u00a0 Adicionalmente asistir\u00e1 a las sesiones de la Comisi\u00f3n Rectora, con voz pero sin voto, un representante de la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria deber\u00e1 elevar a la Ministra de Econom\u00eda y Hacienda una memoria econ\u00f3mica en la que se detalle el impacto financiero, bien del plan de reestructuraci\u00f3n o bien de la eventual adquisici\u00f3n de t\u00edtulos en un proceso de integraci\u00f3n, sobre los fondos aportados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Comisi\u00f3n Rectora elevar\u00e1 a la Ministra de Econom\u00eda y Hacienda un informe cuatrimestral sobre la gesti\u00f3n del Fondo, para su remisi\u00f3n a la Comisi\u00f3n de Econom\u00eda y Hacienda del Congreso de los Diputados. Adem\u00e1s, para reforzar el control parlamentario del FROB, el Secretario de Estado de Econom\u00eda comparecer\u00e1 cada trimestre ante esta Comisi\u00f3n y el Presidente del Consejo Rector expondr\u00e1 los detalles de cada operaci\u00f3n que el Fondo lleve a cabo en un plazo m\u00e1ximo de treinta d\u00edas desde que \u00e9sta se realice.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">DOTACI\u00d3N Y FINANCIACI\u00d3N<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria tendr\u00e1 una dotaci\u00f3n inicial de nueve mil millones de euros, con una financiaci\u00f3n mixta a cargo de los Presupuestos Generales del Estado (6.750 millones de euros) y de las aportaciones de los Fondos de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos en establecimientos bancarios, cajas de ahorro y cooperativas de cr\u00e9dito (2.250 millones de euros).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El nuevo Fondo se dotar\u00e1 con los remanentes del Fondo para la Adquisici\u00f3n de Activos Financieros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adicionalmente, para el cumplimiento de sus fines el Fondo de Reestructuraci\u00f3n Ordenada Bancaria podr\u00e1 captar financiaci\u00f3n con aval del Estado en los mercados de valores emitiendo t\u00edtulos de renta fija, recibir pr\u00e9stamos, solicitar la apertura de cr\u00e9ditos y realizar otras operaciones de endeudamiento, por un importe que en 2009 no podr\u00e1 superar en tres veces su dotaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>* Tendr\u00e1 una dotaci\u00f3n de nueve mil millones de euros, de los que 2.250 ser\u00e1n aportados por los Fondos de Garant\u00eda de Dep\u00f3sitos y el resto proceder\u00e1 de los remanentes del Fondo para la Adquisici\u00f3n de Activos Financieros * Estar\u00e1 &hellip;<\/p>\n<p class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/2009\/06\/via-libre-al-fondo-de-restructuracion-ordenacion-bancaria-frob\/\">Leer m\u00e1s &raquo;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[7],"tags":[355,847,1201,1668,1687,1712,3258,3325,3543,3611,3628,3957],"class_list":["post-1088","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-banco-de-espana","tag-consejo-de-ministros","tag-dos","tag-fondo-de-restructuracion-ordenacion-bancaria","tag-fortaleza","tag-frob","tag-prudente","tag-real-decreto","tag-sector-bancario","tag-sin","tag-sistema-financiero-nacional","tag-viabilidad"],"aioseo_notices":[],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1088","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1088"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1088\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1088"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1088"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/jesusfb.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1088"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}