La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) estima que el momento actual resulta particularmente propicio para poner de manifiesto el margen de mejora, desde el punto de vista de la competencia, con que cuenta la regulación de la distribución comercial en España. El proceso de transposición de la Directiva comunitaria de servicios obliga a realizar una evaluación de la regulación sectorial en vigor afectada por dicha Directiva, al objeto de adecuarla a la misma. Dicho proceso supone la necesidad ineludible de revisar la normativa relativa a la ordenación del comercio tanto por parte del Estado como por parte de las distintas Comunidades Autónomas.
En lo que hace a la legislación estatal, la atención debe centrarse en la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista, cuya reforma se encuentra en curso al objeto de adecuarla a la Directiva de Servicios. La Ley de ordenación del comercio minorista es una norma que, a pesar de incluir expresamente en su Exposición de Motivos el mantenimiento de la libre competencia como uno de sus fines esenciales, presenta en determinados aspectos un marcado carácter intervencionista que se materializa en la existencia de determinadas restricciones a la competencia que es necesario superar.
A tal fin, la CNC considera que la correcta adecuación de esta Ley a la Directiva de Servicios debería implicar la alineación de esta norma con los principios de dicha Directiva en cuanto a la reducción de cargas administrativas y a la excepcionalidad en la instauración de regímenes de autorización para el ejercicio y el establecimiento de los servicios.
Así, según la CNC, debe procederse a:
1. La supresión del régimen de la licencia comercial obligatoria para la instauración de grandes superficies. Para solucionar esta situación, debería reformarse la Ley de ordenación del comercio minorista eliminando de plano la obligación de obtener licencia comercial específica para la instauración de una gran superficie comercial, (art. 6), así como para cualquier otro tipo de formato comercial. También debería eliminarse el concepto de gran establecimiento comercial (art. 2.3).
2. La reconsideración de otros regímenes de autorización específicos. Es el caso de la instalación de máquinas para la venta automática (art. 49), y del ejercicio de la venta ambulante (art. 54).
3. La eliminación de la obligación de inscribirse en determinados registros para prestar una determinada actividad. Es el caso del Registro de ventas a distancia (art. 38) y del Registro de franquiciadores (art. 62).
En todo caso, la necesidad de liberalizar este sector debería ir más allá, en opinión de la CNC, del mero ejercicio de transposición de la Directiva de servicios. Así, si nos ceñimos a la Ley de ordenación del comercio minorista, existen a lo largo de su articulado diversos preceptos cuya modificación resultaría altamente recomendable desde el punto de vista de competencia, con independencia de que en sentido estricto la Directiva de servicios no obligue a modificarlos.
En particular, según la CNC, resultaría altamente conveniente aprovechar el impulso de reforma actual para, entre otras actuaciones eliminar la prohibición de venta de mercaderías en establecimientos financieros (art.8) y la restricción de las rebajas a períodos determinados (art. 25).
El sector del vino español ha aguantado el comienzo de la crisis razonablemente bien con cifras de venta al cierre del año en algunos segmentos todavía positivas, sobre todo en el sector exterior, con un crecimiento del 8% en 2008. En ventas nacionales y en especial en la restauración, el comportamiento no ha sido bueno, observándose un desplazamiento del consumo de la restauración hacia hogares, según el análisis del Director General del Observatorio Español del Mercado del Vino, Rafael del Rey, con motivo de la Asamblea General de la Federación Española del Vino (FEV)
El paro es el principal indicador de la gravedad de la crisis económica. Este mes han sido 5.502 nuevos parados cada día. La EPA de abril, previsiblemente, será peor.
Zapatero ya no ve la salida a la crisis tan fácil y reconoce que «va a costar tiempo recuperar la normalidad en el sistema financiero». Respondiendo al senador de Entesa Catalana de Progrés, Carles Bonet, señaló que las medidas que ha puesto en marcha el Gobierno son «de respaldo, no de subvención ni de inyección a las entidades financieras» y buscan devolver la confianza en el sector y reactivar la economía. Por su parte, Pedro Solbes para no desentonar de su jefe de filas también ha afirmado que ya no ve la salida de la crisis tan cerca como antes. Hasta ahora, Solbes había mantenido que la recuperación comenzaría en el segundo semestre de este año. En su intervención, el ministro comentó que 2009 será muy difícil, ya que la crisis alcanzará «su máxima intensidad». «En 2010 y 2011 se apunta a una recuperación de las tasas de crecimiento», según el ministro, aunque matizó que será en 2011 cuando el crecimiento «debería mostrar cierto vigor». Pedro Solbes ha vuelto a defender la prudencia de las entidades financieras a la hora de conceder financiación a empresas y particulares al señalar que «tan malo es denegar un crédito a un demandante solvente como dárselo al que no lo pueda devolver». Solbes espera que los inversores vuelvan a interesarse por comprar deuda pública española cuando desaparezca la «sobre-reacción» que provocó la rebaja de calificación de la deuda española hecha en enero por la agencia Standard & Poors. Solbes también ha asegurado que la constitución del Fondo de Adquisición de Activos Financieros «no ha encarecido la financiación del Estado». Solbes ha reconocido que en un momento como el actual «parece sensato» pedir un esfuerzo a las entidades financieras por «sostener el crédito», aunque al mismo tiempo, advirtió, «sería imprudente establecer requisitos cuantitativos» al dar un préstamo.

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