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Presupuestos de infarto

La dimisión de Zapatero y la convocatoria de elecciones generales no son un asunto partidista sino una cuestión de Estado. Tras la pérdida de confianza en este Gobierno avalada por el voto de los españoles, el BOE publicó el 24 de mayo dos órdenes ministeriales que secuestran la voluntad de cambio durante lo que queda de este ejercicio y el próximo, gane quien gane en las elecciones de 2012.

Se trata de sendas disposiciones con las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2012, firmadas por la vicepresidenta y ministra de Economía, Elena Salgado. Esto significa que, a pesar de que el PSOE está roto y los barones del partido tratan de echar a Zapatero y no está claro quién va ser el sustituto/a, la maquinaria del Estado continúa en las mismas manos y se dispone a elaborar, una vez más, la ley más importante en democracia para una nación: la ley de Presupuestos.

Por razones desconocidas sólo achacables al caos de la Administración del Estado, la publicación en el BOE de las normas para la elaboración de los escenarios presupuestarios para 2012-2014 y las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales para 2012 se han publicado al límite del tiempo razonable para presentar las cuentas, toda vez que en el citado decreto se insta a los centros gestores a que envíen la propuesta de ingresos y gastos a la Dirección General de Presupuestos antes del 11 de junio, es decir, 14 días hábiles.

A partir de esta fecha –y hasta septiembre– el Gobierno podará las cuentas del Estado, organismos autónomos, Seguridad Social y agencias estatales hasta cumplir los requisitos que imponga Merkel y, después serán subastados al mejor postor entre PNV, CiU y CC para ver quién le presta oxígeno a Zapatero hasta que los albañiles terminen su casa de León.

Artículo publicado por Jesús F. Briceño en el diario LAGACETA (Madrid), el 26 de mayo de 2011

Hipocresía en Rodiezmo

Mucha hipocresía hay por ambas partes ante la ausencia de Zapatero en el mitin de Rodiezmo. El Presidente, por haber buscado el aplauso fácil, puños al viento, a costa del erario. Los líderes sindicales por aprovecharse, pañuelo rojo al cuello, del mayor expediente de regulación de empleo (ERE)  de nuestra economía. El Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012 y el Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras (aún vigente), ha regado de millones estas zonas con epicentro en Asturias y León. Entre 1990 y 2005 se han perdido en la minería 37.000 empleos, pero, para mantener los ocho mil restantes, el Estado concede una media de 350 millones de euros anuales desde 2006, aparte, naturalmente, de sus sueldos que corren a cargo de las empresas.

Las bajas se producen a partir de los 52 años con el 80 por 100 de sueldo bruto de los últimos seis meses y permanece abierta una vía de bajas por indemnización de 60.000 euros por cada trabajador que lo solicite en aquellas empresas que cierren. Basta con acreditar ocho o más años en el régimen especial de la minería del carbón de la Seguridad Social y tres años de antigüedad en la empresa para acogerse a estos beneficios.  Además, se han negociado 1.700 altas entre trabajadores que han perdido su empleo o hijos de mineros en paro.
Así que no es precisamente la minería uno de los sectores castigados por el Gobierno Zapatero. Además, y a pesar de ser deficitaria, se garantiza un cupo de producción nacional de unos diez millones de toneladas que blinda la continuidad en el tajo de 5.302 trabajadores en los próximos años con una subvención anual para el desarrollo de las comarcas mineras de 324.249.100 euros. El firmante de estos acuerdos por parte del Gobierno con UGT, CC.OO. y Carbunión fue el ministro de Industria, José Montilla (2006), así que a Zapatero no le pilla por sorpresa, aunque en su soledad parlamentaria piense que algunos muerden la mano que les da de comer.

Artículo publicado por Jesús F. Briceño en el diario La Gaceta (Madrid), el 22 de julio de 2010.

El Gobierno presenta su documento de trabajo sobre la reforma laboral

Tal como se ha mantenido en la mesa de negociación, el Gobierno entiende que la negociación debe articularse alrededor de cinco ejes fundamentales: dualidad y temporalidad de nuestro mercado laboral, revisión de la política de bonificaciones a la contratación, programa de empleo de jóvenes, intermediación laboral y fomento de la reducción de jornada como instrumento de ajuste temporal de empleo. Parece obligado que el acuerdo contenga medidas de mayor o menor intensidad en todas y cada una de estas materias.

Aunque negociación colectiva y flexibilidad interna constituyen elementos fundamentales a la hora de modificar sustantivamente nuestro mercado de trabajo, la remisión al ámbito bilateral que se realizaba en el documento de 5 de febrero y que han reiterado los interlocutores sociales en su Acuerdo de 9 de febrero pasado aconseja abstenerse de toda propuesta en esta materia, fuera del evidente compromiso de articular mediante las reformas legales que resulten necesarias los resultados de esta negociación bilateral. El Gobierno considera, por otra parte, que la igualdad y no discriminación en el trabajo entre mujeres y hombres es una materia transversal que no debe ser objeto de medidas específicas o segmentadas en este documento. Las actuaciones referentes a este tema aparecen, no obstante, destacadamente en propuestas específicas sobre bonificaciones a la contratación, el respeto al principio de la paridad en las políticas de empleo o en los nuevos contratos para la formación.

Con relación a las actuaciones sobre el control de los procesos de incapacidad temporal, el Gobierno acepta que los elementos estructurales de estas materias deben discutirse en el marco de diálogo social con los interlocutores sociales derivado del Pacto de Toledo, por considerarlos más vinculados a cuestiones de Seguridad Social que a materias específicas de mercado de trabajo. Reiterando, en cualquier caso, el carácter abierto de este documento para recoger aportaciones de todas las partes, se ha considerado más oportuno dejarlo al margen del mismo.

En cualquier caso, el Gobierno reitera una vez más su propósito de concluir esta negociación con un acuerdo tripartito con las organizaciones empresariales y los sindicatos, que permita avanzar hacia un mercado de trabajo más moderno, funcional y coherente con el desarrollo de la economía sostenible; un acuerdo, en fin, que garantice su equilibrio y aplicación más eficaz, que respete los condicionantes presupuestarios en que se enmarca la actual política económica y que apoye la creación de empleo y aumente las oportunidades de empleo de las personas desempleadas.

1. Actuaciones para reducir la dualidad y la temporalidad de nuestro mercado laboral.

Como se señalaba en el documento de 5 de febrero, la dualidad entre trabajadores fijos y temporales constituye el problema estructural más grave de nuestro mercado de trabajo. Por ello, situar la contratación estable como elemento central del nuevo modelo de crecimiento económico y de nuestro sistema de relaciones laborales constituye el objetivo prioritario del actual proceso de diálogo social sobre mercado de trabajo.

Como ya se decía en aquel documento, para reducir de forma significativa la dualidad actual del mercado laboral debe actuarse simultáneamente y con similares niveles de intensidad a través de medidas que propicien el recurso a la contratación indefinida, y en consecuencia, el empleo indefinido, y de otras que ponderen y racionalicen el uso de la contratación temporal y desincentiven su uso injustificado. Todo ello sin que produzca un incremento de costes que grave las nuevas contrataciones y afecte a la creación global de empleo.

Contratación de duración determinada

Para racionalizar el uso de la contratación temporal y evitar su uso no justificado, resultaría necesario operar, en primer lugar, sobre la definición legal de las causas de los contratos temporales de obra o servicio y eventual.

En lo que se refiere al contrato de obra o servicio, las alternativas son varias. La primera posible sería desvincular la causa de esta modalidad contractual de la actividad habitual u ordinaria de la empresa y de la subcontratación empresarial de obras y servicios. Esto último debería acompañarse, necesariamente, de la definición de la finalización de la subcontrata como causa de extinción individual o colectiva del contrato por causas económicas. Una segunda alternativa consistiría en establecer legalmente plazos máximos de duración del contrato de obra o servicio para evitar que este contrato temporal, so pretexto de su duración incierta, se prolongue indefinidamente en el tiempo. Esos plazos máximos legales habrían de respetar en todo caso las reglas establecidas en determinados convenios colectivos sectoriales y podrían también ser modulados a través de la negociación colectiva.

En lo que se refiere al contrato eventual, parecería más coherente que las actividades estacionales de carácter intermitente o cíclico no justificaran la realización de esta modalidad contractual temporal, reorientando ese tipo de actividades, tal y como sugiere la legislación actual, hacia el contrato fijo-discontinuo, sin afectar a la actual protección por desempleo de este último.

Junto a ello, para evitar la permanencia prolongada de los trabajadores en situación de temporalidad, sería oportuna una regulación más adecuada de la actual regla dirigida a evitar el encadenamiento de contratos temporales, operando sobre todos o algunos de los requisitos vigentes en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Además, podría ser de utilidad para ponderar y racionalizar el uso de la contratación temporal y evitar su uso no justificado, reconocer mayores facultades a la negociación colectiva en estas materias, para que las aborde con mayor profundidad que en la actualidad.

En cualquier caso, se ampliarán las campañas sistemáticas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para controlar el cumplimiento de la normativa sobre contratación temporal y evitar la temporalidad injustificada.

Medidas de orden económico en relación con la contratación temporal (indemnización por fin del contrato, cotización por desempleo) siguen estando presentes en la negociación, aunque no parece aconsejable su aplicación en una coyuntura económica como la actual.

Contratación indefinida

Las medidas dirigidas a combatir la contratación temporal injustificada deben acompañarse, necesariamente, de medidas que hagan más atractiva para las empresas la contratación indefinida.

En esa dirección, el Gobierno reafirma, en primer lugar, su voluntad de mantener l regulación del contrato indefinido ordinario en su configuración actual. Lo anterior debe ser compatible con la voluntad de ampliar las posibilidades de utilización del contrato de fomento de la contratación indefinida que existe en nuestra legislación laboral desde 1997 pero que ha ido cayendo en desuso en los últimos años.

Para una mayor utilización de esa modalidad contractual existen diversas alternativas: la primera, reabrir la posibilidad, como ha sucedido en otras etapas, de que los contratos temporales puedan transformarse en contratos de fomento de la contratación indefinida; la segunda, examinar la posibilidad de que nuevos colectivos de trabajadores, fuertemente afectados por el desempleo o la temporalidad, puedan realizar estos contratos manteniendo en cualquier caso su naturaleza de fomento de la contratación indefinida; la tercera, igualar el coste de indemnización del despido improcedente por causas económicas y disciplinarias, como sucede en el contrato indefinido ordinario.

Como fórmula que podría favorecer firmemente la creación de empleo indefinido, el Gobierno propone trabajar, buscando siempre el consenso con los interlocutores sociales, sobre la adaptación a nuestro país de modelos sobre los sistemas de indemnización por despido que en los últimos años se han adoptado en algunos países europeos, entre ellos en el sistema laboral austríaco, que permitan incrementar la estabilidad en el empleo y fomentar una movilidad laboral más sana, así como la formación para el empleo a lo largo de toda la vida laboral. El Gobierno considera que es necesario avanzar en vías de este tipo que podrían ser de especial utilidad para resolver el problema estructural más grave de nuestro mercado de trabajo: la dualidad entre trabajadores fijos y temporales.

Para avanzar en la dirección anterior, podría valorarse la oportunidad de aplicar para los nuevos contratos de fomento de la contratación indefinida, con carácter transitorio y excepcional, medidas que pudieran conducir de manera inmediata a apoyar la creación de empleo estable. Medidas que podrían inspirarse en la exención de una parte de los costes extintivos de los despidos colectivos y objetivos para superar situaciones económicas adversas que existen ya en nuestra legislación, sin afectar a los derechos de los trabajadores.

Finalmente, es obligado seguir reflexionando sobre las razones que explican las fuertes diferencias que existen entre nuestra legislación y las prácticas seguidas en lo que se refiere a las causas del despido. Resultaría necesario, para un adecuado funcionamiento del mercado de trabajo, recuperar en la práctica la causalidad del despido y el derecho a la tutela judicial efectiva, ofreciendo al mismo tiempo certidumbre y seguridad jurídica tanto para empresarios como para trabajadores a la hora de abordar las extinciones de los contratos de trabajo. Ello aconsejaría profundizar en como objetivar con mayor claridad las causas de los despidos económicos y en como deberían regularse ciertas prácticas que han desnaturalizado los procedimientos de extinción del contrato.

Contratación a tiempo parcial

En opinión del Gobierno, se debería avanzar en una mayor extensión del trabajo a tiempo parcial estable en nuestro país, de la que se beneficien a la vez empresas y trabajadores.

Desde la perspectiva de la regulación sustantiva, debería eliminarse la posibilidad de realizar horas complementarias en el contrato a tiempo parcial, cuya compleja regulación no parece haber resultado útil ni para las empresas ni para los trabajadores. Ello iría acompañado del establecimiento de dos formas de fijar la jornada y el horario de trabajo:

– Una con horario cierto y fijo de trabajo, sin posibilidad de alterar dicho horario ni realizar horas extraordinarias. En este caso, el contrato podría concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada.

– Otra en la que el empresario podría modificar el horario de trabajo con un preaviso mínimo a determinar; además, el empresario y el trabajador podrían acordar la realización de horas extraordinarias con los límites previstos en el artículo 35 ET y en un número máximo anual proporcional a la jornada pactada. En este caso, el contrato solo podría concertarse por tiempo indefinido.

Las bonificaciones para los contratos a tiempo parcial quedarían limitadas a los contratos con horario cierto y fijo celebrados con carácter indefinido. Se mantendrían también para los de duración determinada actualmente bonificados (personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, personas en situación de exclusión social).

Desde la perspectiva de la protección social, ésta sería mejorada mediante el incremento durante un plazo coyuntural del coeficiente multiplicador actualmente establecido para causar derecho a las pensiones de jubilación e incapacidad permanente.

«El Gobierno no ha retirado su propuesta de reforma de las pensiones», según Octavio Granados

El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, negó este martes en el Fórum Europa que el Gobierno haya retirado su propuesta de retrasar la edad legal de jubilación hasta los 67 años, aunque admitió que podría modificarse.

Durante su participación en este foro, organizado por Nueva Economía Fórum, Granado defendió que “las propuestas no se retiran, se modifican”, y añadió que las medidas “se enuncian y, a partir de ese momento, son objeto de negociación”. En este sentido, subrayó que las reformas deben cerrarse con acuerdos de fondo, lo que implica que “todos modificamos nuestras posiciones de partida”.

Sobre las propuestas del Ejecutivo, especialmente el retraso de la jubilación, admitió que ha podido haber un fallo en la explicación de las medidas. “Tenemos un esfuerzo insuficiente de explicación”, dijo el secretario de Estado. En su opinión, es necesario que estas propuestas se discutan “desde un punto de vista menos dramático” y comparando las medidas “con lo que se hace fuera de nuestras fronteras”.

Granado recordó también que las anteriores reformas de pensiones siempre “tuvieron una pequeña carga de conflicto”, que, por ejemplo, llevaron a la convocatoria de una huelga general en 1985, a la salida de dos diputados socialistas del Congreso o a un “cisma sindical” en el año 2001. Sin embargo, defendió los beneficios que para el Sistema supusieron esas reformas y aseguró que si la Seguridad Social sigue con superávit es “porque hace 25 años empezamos a hacer reformas”.

Asimismo, instó a los grupos parlamentarios a que busquen un acuerdo, tal y como hicieron en reformas anteriores. “Incluso en el año 1995, en un momento político de gran crispación, los grupos supieron apartar sus diferencias”, dijo el secretario de Estado, quien aseguró que la situación ahora “es mucho mejor y las posibilidades de acuerdo político son mayores”. También reiteró que es “fundamental” la participación de los agentes sociales en este acuerdo y advirtió de que “perderíamos una oportunidad histórica si dejásemos de acordar las reformas” sobre la Seguridad Social.

REPARTIR EL AJUSTE
Granado explicó también que la reforma debería aplicarse sobre el mayor número posible de personas para poder repartir el ajuste necesario para que el Sistema sea sostenible. Es decir, si no se toman medidas que afecten a los que se jubilan a los 65 años (como el retraso de la edad legal a los 67 años), entonces el ajuste sobre el resto de personas que se retiran de forma anticipada “deberá ser mayor”. Lo mismo ocurre con el número de figuras que se reformen. Por ejemplo, si sólo se introducen modificaciones en la pensión de jubilación, y no en el resto, el ajuste sobre esta prestación también será mayor. “Hay que intentar repartir el ajuste”, subrayó.

Sobre la ampliación del periodo de cálculo de la pensión, Granado fue contundente al asegurar que no es partidario de que se compute toda la vida laboral, y defendió que “hay soluciones técnicas mucho mejores”, por lo que “no son necesarios cambios tan abruptos”. Entre las razones para descartar la ampliación a toda la vida laboral existen también causas técnicas, como el hecho de que los datos sobre la situación en el empleo de los trabajadores antes de los años 80 “no tienen la misma calidad” que en la actualidad, por lo que sería difícil utilizar estos datos. No obstante, afirmó que es necesario dar una respuesta a las personas que pierden su empleo en una edad avanzada, aunque eso implique que “el resto de trabajadores veamos minorados en una parte muy pequeña” las pensiones.

Según Granado, las personas que se jubilan desde el desempleo representan cerca de un 2% del total, por lo que supondría “un pequeñísimo esfuerzo de todos” reponer sus pensiones. Granado defendió la necesidad de adoptar estas medidas, debido al envejecimiento de la población que llegará “más tarde” que en el resto de países europeos, pero “con mucha mayor intensidad”. Así, afirmó que la inmigración, el incremento de la tasa de actividad y el aumento de la productividad resolverán “parte del problema”, pero no el envejecimiento de la población. No obstante, señaló que estas fase crucial del Sistema será la que se corresponda con el “baby boom” registrado en España tras la guerra, entre los años 1958 y 1978, “después llegó la democracia y se empezó a tener menos hijos”. Posteriormente, pasados 20 años, la pirámide poblacional volverá a equilibrarse y la situación del Sistema mejorará.

El secretario de Estado defendió también que es mejor realizar reformas con un horizonte de aplicación a más años, -“mejor a 20 años que a 10”- y aseguró que es “razonable” que se aplique de forma paulatina, para evitar que una persona, por haber nacido unos días más tarde que otra tenga que jubilarse cinco años más tarde.
(Nueva Economía Fórum)

Sin PIB no hay paraíso

La caída del paro en veinte mil personas es una buena noticia y el incremento de afiliados a la Seguridad Social lo es todavía mejor tras la debacle provocada por la pérdida de más de un millón de cotizantes en un año, pero aún muy lejos de que estas cifras se conviertan en brotes verdes. El Plan E no es más que la creación de empleo a la cubana a través de una contratación subvencionada y con la misma facilidad con la que se generan se destruirán a la vuelta del verano.

El verdadero artífice de la creación de empleo es el PIB, ese indicador que refleja la creación de riqueza y, por desgracia, no sólo no crece sino que retrocede a ritmos alarmantes. La caída interanual del PIB según datos del Banco de España está en el 4% al cierre del segundo trimestre,  lo que significa que se mantiene la tendencia contractiva de la economía. Si estos datos se confirman por la Contabilidad Nacional el próximo 27 de agosto, quedan pocos argumentos para echar las campanas al vuelo.

Como en la famosa serie de TV, sin PIB no hay paraíso porque sólo la generación de riqueza que refleja el crecimiento del Producto Interior Bruto crea empleo. El Gobierno de Zapatero comienza sus vacaciones con un pequeño respiro, pero septiembre se avecina caliente con los Presupuestos, el Diálogo Social y la ineludible foto con Obama.

Artículo publicado por Jesús Fernández Briceño, en el diario La Razón, el 8 de agosto de 2009