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José María Méndez sustituirá a José Antonio Olavarrieta en la Dirección General de la CECA

El Consejo de Administración de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) ha decidido nombrar a José María Méndez Álvarez-Cedrón nuevo Director General, en sustitución de José Antonio Olavarrieta Arcos, quien se jubilará a finales del próximo mes de febrero, al cumplir la edad fijada en los Estatutos para ello. José María Méndez, que actualmente ocupa el cargo de Director General Adjunto y responsable del Área Asociativa y de la Secretaría General, se incorporó a la CECA en junio de 2003.

El Consejo de la CECA ha tenido en cuenta diversos elementos a la hora de decidir el nombramiento del nuevo Director General, entre los que destacan: su profundo conocimiento de la regulación financiera, tanto española como europea, su experiencia en la Secretaría General de la Confederación y el trabajo desarrollado en los últimos meses en colaboración con las autoridades en el proceso de reforma de la Ley Órganica de las Cajas de Ahorros (LORCA). Por todos estos motivos, el Consejo de la CECA considera que José María Méndez reúne los requisitos necesarios para gestionar una nueva etapa de laConfederación.

José María Méndez Álvarez-Cedrón tiene 44 años y es natural de Lugo. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, y en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Autónoma de Madrid. Asimismo, pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Ha desarrollado buena parte de su carrera profesional en el entorno de la normativa y la regulación financiera, especialmente desde sus diversas responsabilidades en el Tesoro Público, organismo al que estuvo vinculado diez años y del que fue Subdirector General entre los años 2000 y 2003. Tras su paso por el Tesoro, José María Méndez se incorporó a la CECA para ocupar el puesto de secretario general en junio de 2003. Cuatro años más tarde, en enero de 2007, fue nombrado Director General Adjunto de la CECA, manteniendo el cargo de Secretario General y asumiendo la responsabilidad del Área Asociativa de la Confederación.

El próximo Director General de la CECA forma parte de diversos órganos consultivos, como el panel del Comité Europeo de Supervisores Bancarios (CESP), en el ámbito internacional, el de la Comisión Nacional del Mercado de Valores o el Consejo Estatal de Responsabilidad Social, en el nacional. Asimismo, es miembro de varios comités y grupos de trabajo de la Unión Europea y de la OCDE. Además de su participación como consejero en varias sociedades vinculadas al Tesoro y a las Cajas, José María Méndez cuenta con la experiencia empresarial y de gestión gracias a que forma parte del Comité de Dirección de la CECA desde su incorporación. Su perfil profesional se completa con una intensa labor docente y un extenso número de trabajos y publicaciones, en su mayor parte relacionados con la regulación financiera.

Ligero optimismo de Hacienda en las cuentas del primer trimestre

La recaudación impositiva creció durante el primer trimestre del año un 0,8% en relación al mismo periodo de 2009, lo que supone la primera subida tras dos años de tasas de evolución negativas, según los datos de ejecución presupuestaria presentados hoy por el secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña. El principal factor que explica este repunte es la recaudación por IVA, que presentó hasta marzo un perfil más dinámico con un incremento del 2,2%, que se elevaría hasta el 7,4% si se descontara el efecto coyuntural sobre las cifras que hoy se presentan de las devoluciones y aplazamientos solicitados en el impuesto. Aspectos cuyo impacto negativo sobre la recaudación bruta se irá diluyendo con el paso de los meses.

El Estado registró hasta marzo un déficit de 8.908 millones de euros en términos de contabilidad nacional, lo que equivale al 0,85% del PIB. Este balance resulta de unos ingresos no financieros acumulados hasta marzo de 31.772 millones de euros, frente a unos empleos no financieros que ascendieron a 40.680 millones en el mismo periodo.

A la hora de analizar estos datos hay que tener en cuenta dos factores que introducen distorsiones en la comparación con las cifras de 2009 y cuyo efecto se irá diluyendo a lo largo del año. El primero de ellos es la entrega a las comunidades autónomas, desde el inicio de este año, de los anticipos a cuenta derivados de los recursos adicionales que reconoce el nuevo sistema de financiación. El año pasado, los pagos derivados del nuevo modelo se realizaron en diciembre, una vez aprobado el mismo. Las entregas a cuenta de este año han aumentado los gastos del Estado en el primer trimestre en un importe de 2.352 millones de euros, mientras que en el año 2009 no se llevó a cabo ningún desembolso por este concepto hasta final de año. El otro factor son las transferencias del Estado a favor del Servicio Público de Empleo Estatal, que en este arranque de año suman 4.110 millones de euros, en lugar de los 2.104 millones registrados hasta marzo de 2009. Esta diferencia no se debe al incremento en la factura de las prestaciones por desempleo, sino a que en los presupuestos de este año ya se prevé el importe de estas transferencias, mientras que en el año pasado se llevaron a cabo mediante un crédito extraordinario aprobado en el mes de junio. Sin la intervención de estos dos factores de naturaleza coyuntural, el déficit del Estado a marzo de este año se reduciría en torno a unas tres décimas.

Tomado desde la perspectiva de las operaciones de caja, una metodología contable en la que se anotan los ingresos y pagos que efectivamente se han realizado durante ese periodo, el Estado alcanzó en el primer trimestre del año un déficit de 15.546 millones de euros, frente al déficit de 11.345 millones d el mismo periodo de 2009. Estos datos se ven igualmente afectados por los factores coyunturales explicados anteriormente.

El Estado ha cerrado el primer trimestre de 2010 con una necesidad de endeudamiento de 10.015 millones de euros, un 65,1% menos que los 28.694 millones reconocidos en marzo del año anterior, debido, sobre todo, a que el Fondo de Adquisición de Activos Financieros (FAAF) no ha necesitado realizar más operaciones.

INGRESOS NO FINANCIEROS

En las cifras de ingresos no financieros se aportan datos tanto del Estado como de las entregas a cuenta de las Administraciones Territoriales (CC.AA. y corporaciones locales). La cifra de recaudación total, incluyendo los datos del conjunto de las Administraciones, permite hacer un análisis más completo.

La principal novedad en este capítulo se encuentra en los ingresos impositivos (el 91% del total), que experimentaron un crecimiento acumulado del 0,8% en el primer tercio del año, reflejando la primera tasa de evolución positiva desde que se iniciara la fase más aguda de la crisis hace dos años. Estos ingresos se vieron impulsados por la recaudación por IVA y por IRPF, en cuya evolución empiezan a hacerse tangibles los primeros efectos de las medidas de consolidación fiscal lanzadas por el Gobierno. Sin embargo, debido a la disminución de los ingresos no impositivos, la recaudación neta descendió un 1,9% respecto a 2009.

En términos cuantitativos y por figuras impositivas, el IRPF proporcionó una recaudación de 19.212 euros, con un incremento del 1,1% respecto al mismo periodo del ejercicio anterior debido principalmente a la eliminación parcial de la deducción de 400 euros.

La recaudación por el Impuesto de Sociedades fue de 693 millones de euros, con un descenso del 32,3%. Estos datos no son significativos y  habrá que esperar al primer pago fraccionado de abril, dado que los ingresos obtenidos por este impuesto en el primer trimestre del año únicamente suponen el 5% del total.

Dentro ya de los impuestos indirectos, la recaudación por IVA continuó mostrando un perfil ascendente y se elevó a 14. 584 millones de euros, lo que implica una subida del 2,2 % respecto al mismo periodo del ejercicio anterior. Este dato supone un cambio sustancial de tendencia en la evolución del impuesto, que hasta el presente mes de marzo había presentado tasas negativas durante los 27 meses anteriores.

Si, además, se descontara el efecto coyuntural que sobre las cifras de recaudación por este impuesto suponen la aplicación del nuevo sistema de devolución mensual -aún no operativo durante el mismo periodo de 2009- y el volumen de aplazamientos solicitados, el aumento de los ingresos se elevaría hasta el 7,4%.

Por su parte, la recaudación por impuestos especiales se elevó hasta los 4.655 millones de euros, aumentando en el primer trimestre un 2,4% respecto al mismo periodo de 2009. De este capítulo, destaca el aumento del 7% de la recaudación por el Impuesto sobre las Labores del Tabaco, así como el aumento del 0,3% en la del Impuesto sobre Hidrocarburos. La recaudación del Impuesto sobre la Electricidad se redujo  un 5,1%.

PAGOS NO FINANCIEROS

Por lo que se refiere a los pagos no financieros, éstos representaron un total de 48.305 millones de euros, con un aumento interanual del  13,4%.  El incremento se localiza principalmente en los gastos financieros, que han aumentado un 23,2% como consecuencia de los pagos para el servicio de la deuda.

Las transferencias corrientes crecieron un 19%, debido a los anticipos a cuenta abonados a las CCAA y a las mayores transferencias a los Servicios de Empleo. El capítulo de sueldos y salarios creció hasta marzo un 3,3%, aunque el conjunto de los gastos de personal, incluyendo los pagos a las mutualidades de funcionarios, se elevaron un 6,8%.

El Gobierno presenta su documento de trabajo sobre la reforma laboral

Tal como se ha mantenido en la mesa de negociación, el Gobierno entiende que la negociación debe articularse alrededor de cinco ejes fundamentales: dualidad y temporalidad de nuestro mercado laboral, revisión de la política de bonificaciones a la contratación, programa de empleo de jóvenes, intermediación laboral y fomento de la reducción de jornada como instrumento de ajuste temporal de empleo. Parece obligado que el acuerdo contenga medidas de mayor o menor intensidad en todas y cada una de estas materias.

Aunque negociación colectiva y flexibilidad interna constituyen elementos fundamentales a la hora de modificar sustantivamente nuestro mercado de trabajo, la remisión al ámbito bilateral que se realizaba en el documento de 5 de febrero y que han reiterado los interlocutores sociales en su Acuerdo de 9 de febrero pasado aconseja abstenerse de toda propuesta en esta materia, fuera del evidente compromiso de articular mediante las reformas legales que resulten necesarias los resultados de esta negociación bilateral. El Gobierno considera, por otra parte, que la igualdad y no discriminación en el trabajo entre mujeres y hombres es una materia transversal que no debe ser objeto de medidas específicas o segmentadas en este documento. Las actuaciones referentes a este tema aparecen, no obstante, destacadamente en propuestas específicas sobre bonificaciones a la contratación, el respeto al principio de la paridad en las políticas de empleo o en los nuevos contratos para la formación.

Con relación a las actuaciones sobre el control de los procesos de incapacidad temporal, el Gobierno acepta que los elementos estructurales de estas materias deben discutirse en el marco de diálogo social con los interlocutores sociales derivado del Pacto de Toledo, por considerarlos más vinculados a cuestiones de Seguridad Social que a materias específicas de mercado de trabajo. Reiterando, en cualquier caso, el carácter abierto de este documento para recoger aportaciones de todas las partes, se ha considerado más oportuno dejarlo al margen del mismo.

En cualquier caso, el Gobierno reitera una vez más su propósito de concluir esta negociación con un acuerdo tripartito con las organizaciones empresariales y los sindicatos, que permita avanzar hacia un mercado de trabajo más moderno, funcional y coherente con el desarrollo de la economía sostenible; un acuerdo, en fin, que garantice su equilibrio y aplicación más eficaz, que respete los condicionantes presupuestarios en que se enmarca la actual política económica y que apoye la creación de empleo y aumente las oportunidades de empleo de las personas desempleadas.

1. Actuaciones para reducir la dualidad y la temporalidad de nuestro mercado laboral.

Como se señalaba en el documento de 5 de febrero, la dualidad entre trabajadores fijos y temporales constituye el problema estructural más grave de nuestro mercado de trabajo. Por ello, situar la contratación estable como elemento central del nuevo modelo de crecimiento económico y de nuestro sistema de relaciones laborales constituye el objetivo prioritario del actual proceso de diálogo social sobre mercado de trabajo.

Como ya se decía en aquel documento, para reducir de forma significativa la dualidad actual del mercado laboral debe actuarse simultáneamente y con similares niveles de intensidad a través de medidas que propicien el recurso a la contratación indefinida, y en consecuencia, el empleo indefinido, y de otras que ponderen y racionalicen el uso de la contratación temporal y desincentiven su uso injustificado. Todo ello sin que produzca un incremento de costes que grave las nuevas contrataciones y afecte a la creación global de empleo.

Contratación de duración determinada

Para racionalizar el uso de la contratación temporal y evitar su uso no justificado, resultaría necesario operar, en primer lugar, sobre la definición legal de las causas de los contratos temporales de obra o servicio y eventual.

En lo que se refiere al contrato de obra o servicio, las alternativas son varias. La primera posible sería desvincular la causa de esta modalidad contractual de la actividad habitual u ordinaria de la empresa y de la subcontratación empresarial de obras y servicios. Esto último debería acompañarse, necesariamente, de la definición de la finalización de la subcontrata como causa de extinción individual o colectiva del contrato por causas económicas. Una segunda alternativa consistiría en establecer legalmente plazos máximos de duración del contrato de obra o servicio para evitar que este contrato temporal, so pretexto de su duración incierta, se prolongue indefinidamente en el tiempo. Esos plazos máximos legales habrían de respetar en todo caso las reglas establecidas en determinados convenios colectivos sectoriales y podrían también ser modulados a través de la negociación colectiva.

En lo que se refiere al contrato eventual, parecería más coherente que las actividades estacionales de carácter intermitente o cíclico no justificaran la realización de esta modalidad contractual temporal, reorientando ese tipo de actividades, tal y como sugiere la legislación actual, hacia el contrato fijo-discontinuo, sin afectar a la actual protección por desempleo de este último.

Junto a ello, para evitar la permanencia prolongada de los trabajadores en situación de temporalidad, sería oportuna una regulación más adecuada de la actual regla dirigida a evitar el encadenamiento de contratos temporales, operando sobre todos o algunos de los requisitos vigentes en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Además, podría ser de utilidad para ponderar y racionalizar el uso de la contratación temporal y evitar su uso no justificado, reconocer mayores facultades a la negociación colectiva en estas materias, para que las aborde con mayor profundidad que en la actualidad.

En cualquier caso, se ampliarán las campañas sistemáticas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para controlar el cumplimiento de la normativa sobre contratación temporal y evitar la temporalidad injustificada.

Medidas de orden económico en relación con la contratación temporal (indemnización por fin del contrato, cotización por desempleo) siguen estando presentes en la negociación, aunque no parece aconsejable su aplicación en una coyuntura económica como la actual.

Contratación indefinida

Las medidas dirigidas a combatir la contratación temporal injustificada deben acompañarse, necesariamente, de medidas que hagan más atractiva para las empresas la contratación indefinida.

En esa dirección, el Gobierno reafirma, en primer lugar, su voluntad de mantener l regulación del contrato indefinido ordinario en su configuración actual. Lo anterior debe ser compatible con la voluntad de ampliar las posibilidades de utilización del contrato de fomento de la contratación indefinida que existe en nuestra legislación laboral desde 1997 pero que ha ido cayendo en desuso en los últimos años.

Para una mayor utilización de esa modalidad contractual existen diversas alternativas: la primera, reabrir la posibilidad, como ha sucedido en otras etapas, de que los contratos temporales puedan transformarse en contratos de fomento de la contratación indefinida; la segunda, examinar la posibilidad de que nuevos colectivos de trabajadores, fuertemente afectados por el desempleo o la temporalidad, puedan realizar estos contratos manteniendo en cualquier caso su naturaleza de fomento de la contratación indefinida; la tercera, igualar el coste de indemnización del despido improcedente por causas económicas y disciplinarias, como sucede en el contrato indefinido ordinario.

Como fórmula que podría favorecer firmemente la creación de empleo indefinido, el Gobierno propone trabajar, buscando siempre el consenso con los interlocutores sociales, sobre la adaptación a nuestro país de modelos sobre los sistemas de indemnización por despido que en los últimos años se han adoptado en algunos países europeos, entre ellos en el sistema laboral austríaco, que permitan incrementar la estabilidad en el empleo y fomentar una movilidad laboral más sana, así como la formación para el empleo a lo largo de toda la vida laboral. El Gobierno considera que es necesario avanzar en vías de este tipo que podrían ser de especial utilidad para resolver el problema estructural más grave de nuestro mercado de trabajo: la dualidad entre trabajadores fijos y temporales.

Para avanzar en la dirección anterior, podría valorarse la oportunidad de aplicar para los nuevos contratos de fomento de la contratación indefinida, con carácter transitorio y excepcional, medidas que pudieran conducir de manera inmediata a apoyar la creación de empleo estable. Medidas que podrían inspirarse en la exención de una parte de los costes extintivos de los despidos colectivos y objetivos para superar situaciones económicas adversas que existen ya en nuestra legislación, sin afectar a los derechos de los trabajadores.

Finalmente, es obligado seguir reflexionando sobre las razones que explican las fuertes diferencias que existen entre nuestra legislación y las prácticas seguidas en lo que se refiere a las causas del despido. Resultaría necesario, para un adecuado funcionamiento del mercado de trabajo, recuperar en la práctica la causalidad del despido y el derecho a la tutela judicial efectiva, ofreciendo al mismo tiempo certidumbre y seguridad jurídica tanto para empresarios como para trabajadores a la hora de abordar las extinciones de los contratos de trabajo. Ello aconsejaría profundizar en como objetivar con mayor claridad las causas de los despidos económicos y en como deberían regularse ciertas prácticas que han desnaturalizado los procedimientos de extinción del contrato.

Contratación a tiempo parcial

En opinión del Gobierno, se debería avanzar en una mayor extensión del trabajo a tiempo parcial estable en nuestro país, de la que se beneficien a la vez empresas y trabajadores.

Desde la perspectiva de la regulación sustantiva, debería eliminarse la posibilidad de realizar horas complementarias en el contrato a tiempo parcial, cuya compleja regulación no parece haber resultado útil ni para las empresas ni para los trabajadores. Ello iría acompañado del establecimiento de dos formas de fijar la jornada y el horario de trabajo:

– Una con horario cierto y fijo de trabajo, sin posibilidad de alterar dicho horario ni realizar horas extraordinarias. En este caso, el contrato podría concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada.

– Otra en la que el empresario podría modificar el horario de trabajo con un preaviso mínimo a determinar; además, el empresario y el trabajador podrían acordar la realización de horas extraordinarias con los límites previstos en el artículo 35 ET y en un número máximo anual proporcional a la jornada pactada. En este caso, el contrato solo podría concertarse por tiempo indefinido.

Las bonificaciones para los contratos a tiempo parcial quedarían limitadas a los contratos con horario cierto y fijo celebrados con carácter indefinido. Se mantendrían también para los de duración determinada actualmente bonificados (personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, personas en situación de exclusión social).

Desde la perspectiva de la protección social, ésta sería mejorada mediante el incremento durante un plazo coyuntural del coeficiente multiplicador actualmente establecido para causar derecho a las pensiones de jubilación e incapacidad permanente.

Moción de censura

La imagen del presidente del Gobierno, sus vicepresidentas, el ministro de Trabajo y la secretaria general de Empleo justificando los datos del paro de enero y la EPA del cuarto trimestre de 2009 han resultado patéticas. Los circunloquios para no reconocer la gravedad de las cifras y aceptar la realidad escalofriante de que uno de cada tres españoles en edad de trabajar que no es funcionario o pensionista está en paro son un insulto a la razón. La guinda de aumentar la edad de jubilación sin una reforma del mercado laboral y sin un consenso previo del Pacto de Toledo es la constatación de que el barco va a la deriva y el capitán sufre un ataque de pánico.

¿Y a todo esto qué hace el PP? Ignoro si los asesores de Rajoy siguen en la idea de la muerte dulce, la gota fina o el sálvese quien pueda, pero España se merece una clase política que coja al toro por los cuernos aunque se lleve algún revolcón en el empeño. La pérdida de credibilidad de la economía española ya no tiene remedio. De ser los campeones del crecimiento y un paraíso para los pensionistas de los países más desarrollados hemos pasado a ser carne de escarnio en los medios de comunicación y en las cancillerías europeas.

Pero si la economía se basa en una cuestión de confianza y ese camino está perdido queda al menos la hora de la política. En política son tan importantes los tiempos como los escrutinios. El PP debería plantarse la oportunidad de presentar una moción de censura que aunque la pierda en el Parlamento la gane en la calle. Felipe González apostó contra Suárez y aunque la aritmética del Parlamento fue favorable a UCD la opinión pública se convención de que había alternativa y que el candidato tenía más soluciones que el Presidente. El problema es que la moción de censura, a diferencia de la cuestión de confianza, es más un examen para Rajoy que para Zapatero. Y ahí hay que mojarse. Hernández Mancha lo intentó contra Felipe González y fracasó. Si Rajoy no arriesga dudo que merezca nuestra confianza.

Artículo publicado por Jesús F. Briceño en el diario La Gaceta (Madrid), el día 4 de febrero de 2010