La Eurocámara ha aprobado hoy, después de un año de negociaciones, la legislación que reforma la supervisión financiera en la UE. La nueva normativa prevé el establecimiento de tres autoridades europeas de supervisión de la banca, los mercados y los seguros. Además, habrá un cuarto organismo de control, que alertará del incremento del riesgo en la economía de la UE. Estas autoridades estarán operativas en enero de 2011.
Las tres nuevas autoridades de supervisión sustituyen a los comités consultivos existentes hasta ahora y tendrán nuevos poderes vinculantes para, entre otras cosas, solventar disputas entre supervisores nacionales y prohibir productos financieros de riesgo. Además, en el futuro podrán adquirir nuevas competencias, pues la legislación deberá ser revisada en un plazo de tres años.
Este nuevo sistema tiene como objetivo ofrecer la protección necesaria para evitar nuevos casos como el de Fortis, la prohibición unilateral de las ventas en corto al descubierto por parte de Alemania y las pérdidas registradas por titulares de seguros de Reino Unido, Irlanda y Alemania tras la quiebra de la compañía Equitable Life. Además, contribuirá a reforzar el mercado único europeo de los servicios financieros y proteger mejor a los inversores.
Nuevas competencias
Varios Estados miembros, especialmente los que cuentan con centros financieros importantes, se han inclinado hacia una reforma limitada, lo que significaba recortar las competencias de las autoridades propuestas por la Comisión. Sin embargo, los ponentes del Parlamento Europeo han defendido durante las negociaciones una reforma en profundidad, con nuevos poderes vinculantes para las autoridades europeas.
El acuerdo final prevé que las nuevas autoridades tengan competencias para dirimir litigios entre supervisores nacionales. Por ejemplo, en caso de que dos autoridades nacionales no consigan llegar a un acuerdo sobre qué medidas aplicar a un banco presente en ambos países que no cumple la legislación comunitaria, será el supervisor bancario europeo el que tenga la última palabra. Si los supervisores nacionales no actúan, las autoridades europeas podrán imponer directamente su decisión a la institución financiera. Además, las nuevas autoridades podrán intervenir como mediadoras a iniciativa propia, sin tener que esperar la solicitud de un supervisor nacional.
Además, las autoridades europeas coordinarán los trabajos de los supervisores nacionales para reforzar el control sobre las entidades financieras transfronterizas.
Protección del consumidor
Durante las negociaciones, los eurodiputados han querido dar prioridad a la protección de los consumidores. A propuesta del Parlamento, las autoridades europeas podrán investigar instituciones, actividades (como las ventas en corto al descubierto) y productos que amenacen la integridad de los mercados financieros y formular advertencias en caso de que se trate de una amenaza grave.
En determinados casos, los supervisores europeos podrán prohibir temporalmente o restringir estas actividades y productos, y pedir a la Comisión que presente propuestas para prohibirlos de forma permanente. La autoridad europea revisará su decisión al menos cada tres meses. Si ésta no se prorroga al cabo de esos tres meses, caducará automáticamente.
Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS)
Los eurodiputados han introducido provisiones para permitir que la JERS pueda comunicar de forma rápida y clara. Este organismo desarrollará un conjunto de indicadores cuantitativos y cualitativos (cuadro de riesgos) para medir el riesgo sistémico. Además, elaborará un sistema de códigos de colores que corresponda a las situaciones de diferentes niveles de riesgo. La Junta utilizará este sistema de colores en sus avisos y recomendaciones.
El comité científico consultivo de la JERS estará formado por un presidente y quince expertos «que representen un amplio abanico de experiencias y aptitudes» y cuyo mandato será de cuatro años renovables.
El Presidente del Banco Central Europeo ejercerá como presidente de la Junta los primeros cinco años.
Cláusula de revisión
Los poderes de las tres autoridades y de la Junta podrán verse incrementados en el futuro, ya que la Comisión revisará la normativa cada tres años y se pronunciará sobre la conveniencia de mantener separadas las autoridades de supervisión de bancos, seguros y mercados financieros. El ejecutivo también decidirá si es pertinente trasladar las autoridades a una única sede para propiciar una mejor coordinación entre ellas y si es conveniente darles más poderes, especialmente sobre las instituciones transfronterizas.
Papel del Parlamento Europeo
La Eurocámara podrá oponerse a la designación de las personas seleccionadas por la Junta de Supervisores para ejercer como presidentes de las autoridades europeas. También se pronunciará sobre el desarrollo de estándares técnicos y medidas de aplicación. Dos veces al año como mínimo, el presidente de la JERS mantendrá conversaciones confidenciales a puerta cerrada con el presidente y los vicepresidentes de la comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del PE sobre las actividades de la Junta.
La nueva legislación prevé que la Comisión, las autoridades europeas y la JERS puedan pedir al Consejo que declare una emergencia. El Parlamento Europeo podrá solicitar lo mismo al Consejo por medio de resoluciones y preguntas.
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